miércoles, 10 de noviembre de 2010

INDEMNIZACIÓN POR FINALIZACIÓN DE CONTRATOS TEMPORALES TRAS LA REFORMA LABORAL

La reforma laboral incrementa la indemnización por finalización de los contratos temporales de 8 a 12 días de salario por año.

Dicha indemnización deberá abonarse por el empresario a la finalización de los contratos temporales excluyendo únicamente los contratos de interinidad y los contratos formativos.

No obstante, su aplicación será gradual, estableciéndose el siguiente calendario:

- 8 días de salario por cada año de servicio para los contratos temporales que se celebren hasta el 31 de diciembre de 2.011.

- 9 días de salario por cada año de servicio para los contratos temporales que se celebren hasta el 1 de enero de 2.012.

- 10 días de salario por cada año de servicio para los contratos temporales que se celebren hasta el 1 de enero de 2.013.

- 11 días de salario por cada año de servicio para los contratos temporales que se celebren hasta el 1 de enero de 2.014.

- 12 días de salario por cada año de servicio para los contratos temporales que se celebren hasta el 1 de enero de 2.015.

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