domingo, 14 de abril de 2013

FORMACIÓN PROFESIONAL PARA EL EMPLEO: FORMACIÓN DE DEMANDA

La formación profesional de demanda abarca las acciones formativas de las empresas y los permisos individuales de formación financiados total o parcialmente con fondos públicos, para responder a las necesidades específicas de formación planteadas por las empresas y sus trabajadores [ art. 4 a) RD 395/2007]. El desarrollo reglamentario de esta modalidad de formación se encuentra en la O. 2307/2007, de 27 de julio (RCL 2007, 1489) , que implanta, además, un sistema telemático en el Servicio Público de Empleo Estatal, para facilitar a las empresas y entidades organizadoras de las acciones formativas el acceso a la información, la aplicación de las bonificaciones y, en particular, las comunicaciones de inicio y finalización de dichas acciones.

Esta modalidad de formación se dirige a asalariados que presten servicios en empresas o en entidades públicas que carezcan de acuerdo de formación específico.Pueden participar en estas acciones tanto trabajadores en activo como trabajadores fijos discontinuos en los períodos de no ocupación, trabajadores que accedan a situación de desempleo cuando se encuentren en período formativo, o trabajadores acogidos a regulación de empleo durante sus períodos de suspensión de empleo por expediente autorizado [ art. 5.a) RD 395/2007 y art. 6 O. 2307/2007].

www.jover-abogados.com

No hay comentarios: