martes, 9 de julio de 2013

INDEMNIZACIONES POR FINALIZACIONES DE CONTRATOS TEMPORALES

La Ley 35/2010 estableció la indemnización por finalización de contratos temporales en 12 días de salario por año trabajado, si bien se estableció un régimen transitorio para una aplicación progresiva.

De esta manera, las indemnizaciones por finalización de contrato eventual son las siguientes:

·         8 días de salario para los contratos celebrados hasta el 31 de diciembre de 2011.

·         9 días para los celebrados a partir del 1 de enero de 2012.

·         10 días para los celebrados a partir del 1 de enero de 2013.

·         11 para los celebrados a partir del 1 de enero de 2014.

·         12 para los celebrados a partir del 1 de enero de 2015.

En cualquier caso, estas son las indemnizaciones que corresponderían al trabajador en caso de que el contrato temporal se encuentre válidamente celebrado, cumpliendo con todos los requisitos exigidos legalmente.

En caso de que esto no sea así, el contrato se calificaría como fraudulento y el trabajador podría exigir una indemnización por despido improcedente.

www.jover-abogados.com

1 comentario:

Unknown dijo...

tengo una duda que me ha preguntado un cliente, tengo un contrato firmado con una fecha en especifico, pero el contrato no ha entrado en vigor aun, desde cuando cuentan los dias laborales?